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AccueilNuméros35-1MiscellanéesLa diplomacia y el «Otro» musulmán

Miscellanées

La diplomacia y el «Otro» musulmán

A favor de una historia intercultural de la diplomacia española del siglo xviii
La diplomatie et l’« Autre » musulman. En faveur d’une  histoire interculturelle de la diplomatie espagnole du xviiiesiècle
Diplomacy and the Muslim «Other». For an Inter-Cultural History of 18th-Century Spanish Diplomacy
Christian Windler
Traduction de Igor Pérez
p. 217-234

Résumés

L’extension des réseaux diplomatiques et consulaires espagnols en Méditerranée, au-delà des limites de l’Europe chrétienne, témoigne d’un processus tardif de sécularisation qui n’affecta pas seulement la diplomatie. Par les controverses publiques qu’elles suscitèrent en Espagne, les expéditions militaires contre Alger au cours des années 1770 et 1780 et la négociation des traités de paix avec les régences de Tripoli (1784), Alger (1786) et Tunis (1791) contribuèrent à la formation d’une sphère politique sécularisée. La réorientation de la diplomatie espagnole met en évidence la spécificité de l’espace juridique créé par le biais des négociations entre Européens et Maghrébins. Cette réorientation exigeait l’apprentissage d’un savoir pratique dont manquaient les représentants d’une puis-sance qui avait jusque-là refusé de reconnaître cet espace juridique en dehors de la Res publica christiana. Le manque d’expérience affecta avant tout les négociations avec Alger.

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Texte intégral

1En su ensayo sobre Los grupos étnicos y sus fronteras publicado en 1969, Fredrick Barth se opone vigorosamente a las concepciones «esencialistas» de las identidades étnicas. Barth subrayaba que las distinciones:

  • 1 Barth, 1981, pp. 198-199. Véase Vermeulen y Govers (eds.), 1994.

No dependen de una ausencia de movilidad, contacto o información, sino que implican procesos sociales de exclusión y de incorporación por los cuales las categorías separadas se mantienen, pese a los cambios en la participación y en la pertenencia al transcurso de las historias individuales1.

  • 2 Véase las observaciones críticas de Amselle, 1999, en particular, pp. 15-44.

2Frente a la preferencia de los antropólogos de la época colonial por las pequeñas comunidades supuestamente aisladas2, la determinación de analizar las situaciones de frontera ha supuesto un vuelco que ha renovado el estudio de las identidades colectivas. ¿Por qué la historia diplomática debería mantenerse al margen de esta renovación?

  • 3 Windler, 2002.
  • 4 Niethammer, 2000, denuncia con razón los usos políticos actuales del concepto «identidad colectiva» (...)
  • 5 Poutignat y Streiff-Fenart, 1995, p. 192 (con esta definición, los autores se refieren al concepto (...)

3En mi tesis de habilitación he asociado el estudio del conocimiento europeo sobre el «Otro», no europeo, y el de las prácticas de interacción3. En vez de intentar poner de relieve, a través del escrutinio de la correspondencia diplomática, un discurso sobre el «Otro» dotado de una coherencia artificial, se intentaba entender las percepciones como referencias y productos transitorios de experiencias sociales o, en otros términos, de reconstituir la manera en la que los actores se servían de esas categorías para concebir los intercambios comunicativos, de donde salían siempre modificadas. Entendido de esta forma, el análisis de la experiencia diplomática se aleja de las definiciones «esencialistas» de las identidades colectivas, reducidas a la comunidad de una herencia común4. La experiencia diplomática resalta los contextos en los cuales las identidades de un grupo se construyen «como un sistema de intervalos y de diferencias en relación a los “otros” significativos en un contexto histórico y social determinado»5. La historia diplomática tal y como la entiendo, permite asociar, a través del análisis de experiencias individuales y colectivas concretas, el estudio del conocimiento europeo sobre el «Otro» y el de las prácticas de interacción.

4Las relaciones diplomáticas imponen a todos los interlocutores unas lógicas comparatistas. En el siglo xviii, la percepción francesa de la diplomacia española frente a las potencias musulmanas del Mediterráneo es la de una doble extrañeza. Extrañeza del «Otro» musulmán, pero también extrañeza de una diplomacia española que, hasta la segunda mitad del siglo, seguía racionalidades muy diferentes a las de la francesa. En la primera parte de este artículo se intenta medir la distancia que separaba Madrid de París en cuanto a sus relaciones diplomáticas con las potencias musulmanas. La segunda parte estará dedicada al análisis del difícil aprendizaje de una cultura diplomática específica que supuso el viraje de la política española bajo Carlos III.

Una secularización tardía

  • 6 Sobre la política marroquí de Carlos III, véase Rodríguez Casado, 1946, y Pradells Nadal, 1992, pp. (...)
  • 7 Véase Conrotte, 1909 y Voltes Bou, 1960.

5El primer acuerdo de paz entre un rey de España y un príncipe musulmán, en este caso el sultán de Marruecos, no fue concluido hasta 17676. Le siguió la negociación de las capitulaciones con la Sublime Puerta en 1782, y posteriormente la conclusión de los tratados con la Regencia de Trípoli en 1784, con la de Argel en 1786 y con la de Túnez en 17917.

  • 8 Véase Lepore, 1943, sobre las negociaciones hispano-otomanas anteriores al ministerio de Floridabla (...)
  • 9 Sobre la idea de Cruzada en la Edad Moderna, véase sobre todo Dupront, 1997 y Housley, 1992, pp. 37 (...)
  • 10 Mattingly, 1955, p. 301.
  • 11 Dupront, 1997, vol. 1, pp. 516-517. Sobre la aspiración imperial de los reyes de Francia, véase Yat (...)
  • 12 Yapp, 1992, pp. 143-144.

6Sin embargo, la primera tentativa de reorientar la relación con el Imperio Otomano había sido tomada inmediatamente después de la Paz de Utrecht, bajo la iniciativa del cardenal Alberoni. La tentativa fracasó, al igual que varios proyectos posteriores8. En efecto, para la diplomacia española, la Res Publica christiana seguía siendo el punto de mira de un derecho de gentes que excluía la posibilidad de mantener relaciones pacíficas permanentes con los infieles, que no solamente se resistían a toda veleidad de conversión, sino que, además, eran considerados como los peores enemigos de los cristianos. Por toda la Europa cristiana, el poder de la llamada a la Cruzada sobrevivió a la realidad misma de la Cruzada, entendida ésta como una lucha por la liberación de los Santos Lugares. Sin embargo, la idea de Cruzada se impuso de diferente manera según el lugar y la época. En el siglo xviii, se mantenía más presente en España que en ninguna otra parte de Europa9, donde el tratado de Utrecht había sido el último en referirse explícitamente a la Res Publica christiana10. Por el contrario, mediante decisiones que negaban la unidad de la Cristiandad en la guerra contra los turcos, la monarquía francesa se había convertido en «resueltamente política». Tras sus victorias contra los turcos en la segunda mitad del siglo xvii, la casa de Austria era percibida como el imperio defensor de la cristiandad11. En torno al año 1700, en las instrucciones dadas a los embajadores franceses en Constantinopla, las referencias a los «asuntos de Europa» reemplazaban las expresiones evocadoras de la unidad de la Cristiandad frente a los turcos12.

  • 13 «Stato della missione di Tunisi», enviado por P. Gianfrancesco da Bologna, ex misionero capuchino, (...)

7En tiempos de la expedición de O’Reilly contra Argel en 1775, por los valores que la legitimaban, la política española difería todavía de la de la Corte de Versalles. A uno de los capuchinos italianos de la misión de Túnez le parecía un escándalo ver a un cónsul francés hablar de la guerra entre España y Argel como si fuera un moro13. ¡Qué dificultades para entender la decisión de la Corte de Madrid, a la vista del contenido de los despachos del embajador francés! Tanto en Versalles como en Londres, los preparativos de la expedición del conde de O’Reilly en 1775 y aquellos que se creyeron observar el año siguiente con vistas a un nuevo ataque, suscitaban las más diversas conjeturas en cuanto a sus verdaderos objetivos, cuidadosamente disimulados por el Gobierno español.

8Los objetivos de las acciones militares contra Argel eran difícilmente comprensibles para el premier commis de la Secretaría de Estado para la Marina, encargado de la correspondencia con los cónsules del Magreb, al igual que para el secretario de Estado de Asuntos Exteriores, Vergennes, quien se preguntaba si los españoles entendían cuáles eran «sus verdaderos intereses»:

  • 14 Vergennes a d’Ossun, Versalles, 29-vi-1776 (AMAE-F, CP, Espagne, vol. 580, f.o462 r).

Si el ministerio de España quisiera realmente calcular sus verdaderos intereses y si supiera cambiar su resentimiento en contra de Argel, hasta ahora tan fuerte, por una conveniencia tan superior como la de excluir los ingleses del Mediterráneo, no dudaría en adoptar la idea que se le ha propuesto [es decir, concluir un tratado de paz con Argel] […]. Pero los prejuicios parecen tener más influencia en España que los intereses que merecen ser más sentidos y profundamente pensados14.

  • 15 Vergennes a d’Ossun, Versalles, 28-vii-1775 (AMAE-F, CP, Espagne, vol. 576, f.o341 r).

9Argel y Marruecos eran «moscas más incómodas que peligrosas» e Inglaterra «el monstruo contra el cual conviene estar siempre preparado»15.

  • 16 Sartine a Langoisseur de la Vallée, Versalles, 4-xii-1775 (ANF, AE, B1 20, f.o769 r-v). Véase tambi (...)
  • 17 Sartine a Langoisseur de la Vallée, Versalles, 4-xii-1775; circular de Sartine a los consules de Le (...)
  • 18 Véase Parès, 1931, pp. 14-23.
  • 19 Véase Sartine a Guignard de Saint-Priest, Versalles, 15-vii-1776 (ANF, AE, B1 21, f.o390 r/v).

10Aliada a la Corte de Madrid por los pactos de familia, la Corte de Versalles siguió, en cuanto al Imperio Otomano y las regencias, una política diametralmente opuesta hasta los años 1770. La navegación francesa se beneficiaba del estado de guerra existente entre España y las potencias musulmanas: el corso magrebí dificultaba la navegación bajo pabellón español y las importaciones magrebíes de productos procedentes de la Península, como la lana merina y el bermellón para los fezes tunecinos, debían llegar a través de intermediarios, en particular marselleses y liorneses. En la época de la expedición de O’Reilly contra Argel en 1775, los negociantes marselleses eran abiertamente favorables a las autoridades argelinas. Al mismo tiempo que rechazaba la petición del dey de Argel de escoltar, con un navío de guerra francés, una embarcación cargada de municiones de guerra que el Gran Señor debía enviar a Argel, Luis XVI autorizó al embajador en Constantinopla a «cerrar los ojos» si las municiones eran cargadas sobre navíos comerciales franceses16. Las embarcaciones francesas aseguraron también el transporte de reclutas de Levante destinados a Argel17. Meifrund, canciller del Consulado francés en Argel, fue quien colaboró, en vez del cónsul, a realizar estos transportes de Constantinopla a Argel, fletando para ello los barcos en Marsella18. Casi todas las embarcaciones destinadas a efectuar este transporte de hombres y de material bajo protección del pabellón francés llegaron a su destino sin ningún mal encuentro. Sólo uno, Le Septimane, fue tomado por los españoles en 1776 y conducido a Cartagena con su carga y pasajeros19.

  • 20 Véase p. 222 de este artículo.

11La restitución del navío, gracias a la intervención del embajador de Francia, parecía anunciar nuevos comportamientos españoles en relación con las regencias del Magreb20. Más allá de las luchas de facciones cortesanas, la derrota de O’Reilly había dado la razón a aquellos que desde la década anterior habían abogado por la negociación de tratados con las potencias musulmanas. Cuando, en 1767, un primer tratado fue concluido con el sultán de Marruecos, voces como la de Aranda se elevaban ya para defender la necesidad de alcanzar acuerdos con todas las potencias musulmanas:

  • 21 Citado por Rodríguez Casado, 1946, p. v.

Negociaremos con ellos [los musulmanes] como si fueran ingleses o portugueses, por razón de Estado, y los justos motivos de nuestros intereses, pues éstos son motivos consentidos, y permitimos la religión de cada Dios, pues ya no estamos en los ignorantes siglos de las cruzadas21.

12El tratado de 1767 con el sultán de Marruecos, las capitulaciones con la Sublime Puerta de 1782 y los tratados con las regencias de 1784, 1787 y 1791 formaron parte de las transformaciones culturales que constituyeron la política y la economía como competencias diferenciadas del imperio de la teología, al menos en las conciencias de aquellos que marcaban la pauta a seguir en la Corte.

  • 22 Sartine a Vergennes, Marly, 17-vi-1776 (ANF, AE, B1 21, f.o324 v).
  • 23 Amé de Saint-Didier a Vallière, Versalles, 29-xi-1776 (ANF, AE, B1 21, f.o679 r/v). Véase Mémoire s (...)
  • 24 Floridablanca a Aranda, Aranjuez, 7-iv-1777 y Madrid, 19-vii-1777, y Aranda a Floridablanca, París, (...)

13En 1776, Sartine, secretario de Estado francés de la Marina, podía reflexionar sobre el papel de mediador de la diplomacia francesa en el proceso de negociación que se esbozaba en la Corte de España, la cual había abandonado «sus viejos errores en la forma de considerar a los argelinos»22. El interés de la Corte de Versalles en dificultar el comercio y la navegación de los británicos, y en oponerse a la presencia de los rusos en el Mediterráneo, militaba a favor de una mediación francesa en Constantinopla y Argel. El proyecto redactado por el premier commis de la Secretaría de Estado francesa para la Marina llegaba incluso a plantear una alianza de los príncipes de la casa de Borbón con los argelinos, donde el abastecimiento de pólvora, munición de guerra y artillería sería la expresión de una «recíproca amistad» y de una «unidad de intereses» frente a los ingleses y a los rusos, en lugar de una relación tributaria23. La Corte de Madrid aceptó en principio las ofertas de mediación, pero Floridablanca tuvo pronto la convicción de que la Corte de Versalles tenía en realidad interés en hacer fracasar las negociaciones, por lo que había que evitar su intervención en la medida de lo posible24. A partir de 1777 España dejó de utilizar la red diplomática francesa.

14Las ambigüedades de la política de Versalles obligaron al ministerio español a proveerse de los medios necesarios para llevar adelante una diplomacia independiente, que no recurriese más que ocasionalmente a la ayuda de los mediadores franceses. Las negociaciones que culminaron, en 1782, en las capitulaciones de la Sublime Puerta y, entre 1784 y 1791, en la conclusión de los tratados con las regencias, representaban un proceso de aprendizaje por medio del cual una diplomacia poco hecha a las prácticas del «Otro» adquirió un conocimiento de las normas comunes a magrebíes y europeos, y a cuya reproducción y transformación contribuyó durante ese mismo proceso de aprendizaje. A través de los diversos avatares de las negociaciones, se delineó una experiencia original de diplomacia intercultural. El caso de España permite observar la evolución hacia el respeto de las reglas específicas que articulaban esta misma.

El aprendizaje de la diferencia

15Cuando, en 1776, la Corte de Madrid liberó los pasajeros magrebíes y una parte de la carga del navío francés Le Septimane, no respondía solamente a las vivas protestas que el embajador de Francia había presentado en nombre de su Corte. Versalles vio también en las gestiones de Madrid un paso significativo hacia una reorientación más profunda de su política de cara a las regencias:

  • 25 Sartine a Vergennes, Versalles, 27-v-1776 (ANF, AE, B1 21, f.o260 r). Véase Amé de Saint-Didier a V (...)

A través de esta decisión, parece que la Corte de España ha reconocido al menos el principio, adoptado generalmente por todas las naciones comerciantes, y principalmente en el Mediterráneo, que el pabellón amigo salva la mercancía enemiga25.

  • 26 Véase Thomson, 1994, pp. 70-73.
  • 27 En 1804, el consul francés en Túnez, Devoize, consideró legal la captura de efectos de pasajeros eu (...)
  • 28 Principales circonstances de ce qui a été fait et observé pour la réception de Said Mehemet Pacha, (...)
  • 29 Véase Ago, 1980, en particular pp. 55-57.

16A corto plazo, estas esperanzas se vieron frustradas, ya que los españoles tomaron todavía otros navíos franceses antes de concluir tratados de paz con las regencias del Magreb. Sin embargo, todos los botines se concluyeron con su restitución: el principio de respetar las personas y los bienes de los enemigos bajo pabellón neutro entró así a formar parte de las costumbres de la Marina española. El establecimiento de relaciones pacíficas con las regencias pasó por la necesidad de aceptar reglas que no se aplicaban en Europa. No fue hasta 1856 cuando las potencias presentes en el Congreso de París aceptaron una declaración que pretendía establecer la validez universal del principio según el cual los pabellones neutros protegían la mercancía enemiga26. En su relación con las potencias musulmanas, ingleses y franceses habían reconocido siempre la
protección del pabellón neutro, de la misma forma que habían respetado las propiedades neutras bajo pabellón enemigo27. La observancia de estas normas constituía el fundamento jurídico de la seguridad de la caravana marítima europea entre el Magreb y Levante. Así, un embajador de la Sublime Puerta podía, con toda seguridad, llegar a Francia en un navío mercante francés, haciendo escala en Malta28. Por otra parte, el respeto de las reglas de la neutralidad marítima demuestra un orden diplomático de Antiguo Régimen que se constituía, a partir de la variedad de concepciones jurídicas que entraban en contacto, para organizar la coexistencia duradera entre cristianos y musulmanes en la cuenca mediterránea29. Después de la Revolución Francesa, este orden diplomático fue puesto en duda en términos desfavorables para los magrebíes. Las resoluciones del Congreso de Viena (1815) y de Aix-la-Chapelle (1818) contra el corso berberisco y la esclavitud de los cristianos reflejaban el acuerdo existente entre las potencias europeas en torno a un derecho público internacional que debía imponerse en todas las situaciones que les afectaban.

17La adopción de los principios de neutralidad marítima por parte de los españoles constituía un paso importante hacia la secularización de su cultura diplomática, marcada por la supervivencia tardía de un espíritu de cruzada. Al principio de neutralidad le correspondían prácticas diplomáticas específicas. Representantes de una potencia rival y aliada a la vez, los diplomáticos franceses —tanto desde los consulados del Magreb, como desde la embajada de Madrid— observaban atentamente los obstáculos con los que tropezaba el viraje español, incrementados por la falta de intermediarios cualificados y fiables, consecuencia de un estado de guerra secular. Si damos fe al encargado de negocios en Madrid, Bourgoing, en 1784 las negociaciones con Argel hubieran podido concluirse, si el conde de Floridablanca hubiera querido encargárselas a «agentes menos oscuros y torpes»:

  • 30 Bourgoing a Vergennes, Madrid, 5-iv-1784 (AMAE-F, CP, Espagne, vol. 612, ff.os296 v-297 r). Véase t (...)

El dey debe haber dicho con bastante claridad que la selección de los agentes españoles era el principal obstáculo que impedía un entendimiento con la Corte de España30.

  • 31 Véase Encyclopédie de l’Islam, t. iii, 1971, voz «Imtiyâzât» y t. i, 1960, voz «Amân» respectivamen (...)
  • 32 Véase las versiones francesas de los tratados franco-tunecinos de 25-xii-1665, 30-viii-1685 y 4-ix- (...)

18Disfrutando de una gran autonomía con respecto al sultán a quien, sin embargo, continuaban solicitando la investidura formal, el dey de Argel, el bey de Túnez y el pachá de Trípoli habían concluido tratados con una parte de los príncipes cristianos, principalmente con los reyes de Francia e Inglaterra, quienes ponían de esta forma su navegación al abrigo de los corsarios magrebíes. Mientras que las capitulaciones (imtiyÄzÄt) otomanas fueron enunciadas hasta el siglo xviii como promesas de seguridad (amÄn)31unilateral, los tratados concluidos con el Magreb, perpetuos o centenarios, sellados y ratificados por las dos partes, estaban más cercanos al Derecho de Gentes europeo32. Los tratados, firmados generalmente bajo amenaza militar, no constituían por ellos mismos el derecho que articulaba las relaciones entre europeos y magrebíes. Muchas veces, los cónsules debían acomodarse a un entorno que prefería las reglas más conformes al derecho musulmán local, diferentes al contenido literal de los tratados.

  • 33 Ozanam, 1998.
  • 34 Pradells Nadal, 1992, pp. 511-565.

19Negociar en estas circunstancias requería competencias que no podían adquirirse sino a través de la práctica. Las investigaciones de Didier Ozanam33 y de Jesús Pradells Nadal34 ofrecen unos análisis de conjunto bien documentados, tanto de las instituciones como del personal consular español. Vamos a intentar poner en evidencia algunos aspectos del difícil y costoso aprendizaje de una cultura diplomática a la cual la Corte de Madrid había estado ajena hasta el momento. Nadie dudaba de que las negociaciones en el Mediterráneo musulmán requiriesen conocimientos específicos. Esta certeza, aceptada en la Corte de Madrid, contribuye a explicar unos nombramientos que contrastan con las prácticas habituales de reclutamiento de la administración del Ministerio de Asuntos Exteriores español en el ámbito cristiano.

20Ninguno de los negociadores encargado del acercamiento formaba parte de la administración real. Mientras que las capitulaciones con la Sublime Puerta y el tratado con Trípoli fueron llevados a cabo por hombres de negocios, la paz con Argel se hizo a través de un impostor sin escrúpulos, el autodenominado «conde» de Expilly, y el acuerdo con Túnez se llevó a cabo por un oscuro intermediario corso que, después de una larga esclavitud en Argel, había ofrecido sus servicios al rey de España convirtiéndose así en su vicecónsul en Mogador. A diferencia de los hombres de negocios que tenían interés en la conclusión rápida de tratados de paz que facilitasen sus negocios, estos intermediarios tendían a entorpecer un proceso de negociaciones cuyas dificultades repercutían en su propio beneficio.

  • 35 Sobre las negociaciones con Argel, véase Conrotte, 1909, pp. 117-184; Pradells Nadal, 1992, pp. 526 (...)
  • 36 Con motivo de una misión de un enviado de Argel a Madrid, éste fue alojado en el Convento de la Tri (...)
  • 37 La correspondencia de fray Conde con el secretario de Estado de Marina y el primer secretario de Es (...)

21En España, como en todas partes, la obsesión con los corsarios berberiscos se centraba en los argelinos. Ahora bien, los avatares de estas negociaciones, que se anunciaban difíciles, fueron agravadas por una sucesión de intermediarios incapaces o fraudulentos35. Hasta el momento de la apertura de las negociaciones de paz, eran principalmente los trinitarios castellanos, encargados del rescate de cautivos y de sus necesidades espirituales, quienes efectuaban la comunicación entre Madrid y Argel36. El secretario de Estado de la Marina y el primer secretario de Estado recurrieron a su red de contactos para sondear las intenciones de la Regencia. El administrador del hospital de Argel, fray José Conde, transmitió las primeras cartas del secretario de Estado de la Marina a los dignatarios de la Regencia, opinó sobre las intenciones de los argelinos y escribió él mismo parte de las respuestas37. A pesar de ello, la nueva naturaleza de las relaciones proyectadas requería intermediarios seculares. En 1779, el portugués Gerardo José de Souça Betancourt, quien hacía valer sus contactos como antiguo cautivo en Argel, fue encargado por las Cortes de Madrid y Lisboa de negociar un tratado que debía incluir a ambas. Souça perdió rápidamente su credibilidad a causa de un tren de vida dispendioso y terminó siendo expulsado por el dey de Argel.

22Después del fracaso de los nuevos bombardeos de 1783 y 1784, Floridablanca encargó en el mes de marzo de 1785 a José Mazarredo, capitán de la compañía de guardiamarinas de Cartagena, negociar un tratado con Argel. Casi al mismo tiempo, pero con instrucciones divergentes y sin ninguna concertación previa, envió a Expilly al puerto magrebí. La llegada de José de Mazarredo interrumpió la negociación que Expilly había iniciado. Los procedimientos del primero eran los de un militar ignorante de la práctica de la diplomacia euro-magrebí. Si la adopción de un tratado redactado sobre el modelo del acuerdo franco-argelino correspondía a la igualdad de rango que pretendía el rey de España, su significación fue profundamente modificada por las condiciones secretas a las cuales el oficial se adhirió.

  • 38 Kruse, 1979, pp. 116-123 y Khadduri, 1955, pp. 144-145.
  • 39 Véase Hitzel, 1994, p. 71 y Petritsch, 1993.

23Ignorante de las condiciones en las cuales las demás potencias europeas habían concluido tratados con Argel, Mazarredo había soñado primero con pedir un tributo. Cuando el cónsul francés le hizo saber que, bien al contrario, la paz le costaría dinero, no hacía más que instruirle en una circunstancia unánimemente revelada por los escritos sobre las regencias del Magreb: aunque los tratados no contenían la obligación explícita de entregar presentes, léanse tributos, las regencias los exigían como un derecho que se les debía. En efecto, la cuestión de los regalos cristalizaba concepciones jurídicas divergentes. Según los juristas Üanafíes a los que se remitían las élites otomanas, en el momento de la conclusión de un tratado o de la concesión de una capitulación, el contratante musulmán debía, en la medida de lo posible, exigir un tributo asimilable al impuesto de capitación (íizya) de los Çimmà-s, con el fin de humillar a los infieles y de realzar el prestigio del Islam38. Designando los presentes con la palabra jarÄí, término aplicado al impuesto sobre las personas o sobre la propiedad agraria de los no musulmanes, los sultanes otomanos legitimaban la práctica de relaciones pacíficas con los cristianos39. Para las regencias, los regalos eran tributos por los cuales las partes contratantes reconocían su sumisión al orden musulmán. A la llegada de un nuevo cónsul, en el momento de la conclusión de un nuevo tratado y de su renovación después de la entronización de un rey o el advenimiento de un nuevo bey en Túnez o dey en Argel, los regalos simbolizaban el carácter personal y precario de la relación de protección; correspondían a un «uso» más conforme a las concepciones musulmanas que los tratados.

  • 40 Véase Windler, 2002, pp. 485-548.

24Las diplomacias francesa y británica continuaron hasta 1830 entregando regalos, pero preferían considerarlos como dones voluntarios. Los reyes de Francia e Inglaterra, a diferencia de las potencias «menores», no pagaban tributos; esto era lo que intentaban dar a entender por la composición de sus regalos, la manera de ofrecerlos y la interpretación que se hacía de este gesto. Se elegían muestras de las producciones emblemáticas del país —piezas de relojería, textiles de diferentes manufacturas, armas de lujo—, pero se evitaban entregar objetos asimilables a los tributos de las potencias «menores», particularmente municiones y armas de guerra. Se evitaba también enviar presentes en las ocasiones recurrentes, para privarles de todo carácter de costumbre. Calificándolos como pruebas de la «generosidad» del soberano, a través de ellos se transfería la pretensión de superioridad de la sociedad de corte en sus relaciones con las regencias40.

  • 41 Mazarredo a Floridablanca, Argel, 18-vi-1785 (dos cartas) y Alicante, 29-vi-1785; nota de varios ar (...)

25En vez de adoptar la práctica de estas sutiles reinterpretaciones, el negociador español Mazarredo se sometió, al cabo de tan sólo tres días de negociación y sin consultar a la Secretaría de Estado, a las exigencias del dey: un regalo considerable de armas y municiones de guerra, así como el pago de una indemnización de un millón de pesos fuertes (veinte millones de reales) por los bombardeos españoles de 1775, 1783 y 178441.

  • 42 Floridablanca a Mazarredo, Madrid, 19-vii-1785 (AHN, Sección Estado, leg. 3612). Carta editada en C (...)

26El aprovisionamiento de armas y municiones de guerra estaban «prohibidos por la constitución fundamental y religiosa» de la Monarquía Católica, tal y como subrayaba Floridablanca42, y relegaba a España al rango de una potencia menor. ¿Era el oficial capaz de comprender el alcance simbólico de concesiones tan contrarias a su mandato?

  • 43 Consultas del Consejo de Castilla y del Consejo de Guerra, Madrid, 28-vi-1785 y consulta de los fis (...)

27Al tener noticia del acuerdo, Floridablanca consultó de urgencia a los otros secretarios de Estado, a los consejos de Castilla y de Guerra así como a los fiscales de estos consejos. Todos fueron de la opinión de aceptar el tratado público y de rechazar las condiciones secretas, en particular la provisión de armas y municiones de guerra43. Expilly, ya presente en Argel, fue el encargado de llevar adelante las nuevas negociaciones que este rechazo hacían necesarias, así como de obtener, a cambio de la indemnización de un millón de pesos, la inclusión de Portugal, la Cerdeña y Nápoles en el tratado, y la renuncia al corso sobre las demás costas italianas. Las negociaciones concluyeron en 1786 con la firma y ratificación de un tratado, cuyos defectos la Corte no tardaría en descubrir.

  • 44 Véase Windler, 2002, pp. 413-418.

28Antes de la ratificación, el primer secretario de Estado había omitido establecer una traducción de la versión turca. En 1786, el secretario de interpretación de lenguas no disponía de ningún empleado que comprendiese los documentos turcos, y era difícil encontrar personas capaces de comprobar si la versión turca del tratado coincidía con el texto castellano. Ahora bien, a finales del siglo xviii, incluso la diplomacia francesa debía resignarse todavía, en caso de divergencias, a seguir el texto turco. La redacción paralela de los tratados con las regencias en las lenguas respectivas de los contratantes y la firma de la versión escrita de cada uno en su propia lengua indicaban que los interlocutores se obligaban bajo su propio orden jurídico. Sin embargo, la prioridad acordada al texto turco en caso de litigio, contribuía a reafirmar la interpretación, ya obsoleta, según la cual los tratados eran concesiones unilaterales de los gobernantes del Magreb en favor de una minoría de cristianos que solicitaba su protección44.

  • 45 Expilly a Floridablanca, Argel, 28-x-1785 (AHN, Sección Estado, leg. 3588).

29Antes de 1789, ninguno de los intermediarios españoles que negociaron los tratados con las regencias del Magreb fue acompañado de un dragomán o intérprete cualificado que dominase el árabe y el turco. Éstos no sabían leer los textos escritos en esos idiomas. Expilly, de quien se decía haber nacido en Trípoli, afirmaba conocer tanto el turco como el árabe, pero sus conocimientos eran muy limitados: no traducía por sí mismo y se hacía acompañar por Pedro Suchita, antiguo cautivo en Argel, quien hablaba el árabe dialectal, pero no el turco, lengua de las élites y de los documentos emanados del poder. Esta falta de conocimientos lingüísticos hacía depender a los negociadores de los servicios de dragomanes locales45.

  • 46 De las Heras a Floridablanca, Argel, 28-iv-1787 (AHN, Sección Estado, leg. 3617).

30Mientras que en Trípoli y Túnez el recurso a los traductores locales no dificultaba las negociaciones, la traducción defectuosa del tratado negociado por Expilly amenazó el éxito aparente de las negociaciones de paz. La interpretación de este acuerdo, apenas sellado con el envío de costosos regalos a la Regencia, opuso a españoles y argelinos desde 1787. ¿Qué derechos debían pagar los argelinos en los puertos españoles? ¿El 10%, como uno de ellos había sido forzado a pagar, o el 2%, como pretendían los argelinos, en vista de lo que en Argel debían pagar los españoles? Las dos partes alegaban el artículo 7 del tratado en la versión escrita en su respectiva lengua. Para resolver esta contradicción, el cónsul general, Manuel de las Heras, hizo realizar una traducción de la versión turca del artículo para compararla con el texto castellano. Constatando que las dos versiones del artículo eran, en efecto, diametralmente opuestas, el cónsul hizo traducir el conjunto del tratado. La comparación revelaba divergencias en casi todo el documento, «de suerte que ambos soberanos disputarán sobre lo pactado y cada uno pedirá con razón»46.

  • 47 La Vauguyon a Vergennes, Madrid, 17-vii-1786 (AMAE-F, CP, Espagne, vol. 620, ff.os360 r-361 v).
  • 48 Floridablanca a de las Heras, Aranjuez, 18-v-1789 (AHN, Sección Estado, leg. 3617).

31Expilly había redactado la versión castellana de tal forma que daba a entender a la Corte de Madrid que su misión había sido un éxito parcial, es decir, la aceptación de una parte de las condiciones formuladas a consecuencia del rechazo del acuerdo negociado por Mazarredo, «éxito» proclamado en Madrid y comunicado a las demás cortes europeas47. La mala fe del negociador tuvo consecuencias duraderas. Frente a la imposibilidad de renegociar el conjunto de un tratado considerado válido por los argelinos, el cónsul se limitó a suprimir algunas de las contradicciones más importantes. La mayoría de las divergencias permanecieron, y el tratado estuvo en suspenso, tal y como lo constataba Floridablanca en 178948.

  • 49 Estado de los gastos ocasionados con motivo de las paces ajustadas con las Cortes de Constantinopla (...)

32A las negligencias de Expilly en la redacción del tratado se añadieron las sospechas en cuanto a la gestión de los medios financieros puestos a su disposición para regalos. En comparación con los gastos generados para la paz con la Sublime Puerta, Marruecos, Trípoli y Túnez, los desembolsos ocasionados por las negociaciones del tratado con Argel fueron desproporcionadamente elevados: entre octubre de 1781 y marzo de 1790 el tesoro real gastó 50.590.491 reales, de los cuales 35.258.977 —es decir, un 70%— fueron destinados a la Regencia de Argel49.

  • 50 Fernán-Núñez, 1898, vol. 2, p. 13.
  • 51 De las Heras a Floridablanca, Madrid, 30-i-1788 (AHN, Sección Estado, leg. 3617).
  • 52 Sobre Pierre Expilly, véase la nota biográfica en Mézin, 1997, pp. 278-279.
  • 53 Los autores que se han interesado por el personaje no han conseguido establecer correctamente su bi (...)

33La complicada historia de los regalos así como la penosa necesidad de renegociar un tratado ya ratificado suscitaron el interés de Madrid por la personalidad del «conde» de Expilly. Este negociador, «un francés intrigante, que se decía conde de Expilly», según el conde de Fernán Núñez50, tenía una capacidad para despertar la confianza del prójimo solamente comparable a los amargos recuerdos que dejaba a su paso. Entre los rumores que circulaban sobre su vida, realidad y ficción se confundían de forma inseparable. Las versiones más contradictorias de su biografía confirman su nacimiento en Trípoli, en Berbería. ¿Era el «conde» de Expilly en realidad Filippo Vidari (o Vidali) hijo de un veneciano y de una francesa, tal y como afirmaban sus adversarios?51 ¿Era su padre un doméstico de Pierre Expilly, cónsul francés en Trípoli entre 1709 y 1722 y en El Cairo los años siguientes?52 El «conde» decía ser sobrino del cónsul francés. Expilly se proclamaba también hijo de un encargado de negocios del emperador en Trípoli a quien él atribuía la conclusión de los tratados entre Argel, Túnez y Venecia. Un tío suyo, el «caballero Gerbrans», había negociado a principios del siglo xviii, si damos crédito a sus palabras, el primer tratado entre la Regencia y los Países Bajos53.

  • 54 De las Heras a Floridablanca, Madrid, 30-i-1788 (AHN, Sección Estado, leg. 3617 y leg.3588).

34Al invocar sus lazos familiares con los cónsules de otras potencias —Francia, el Santo Imperio y los Países Bajos— el «conde» se forjaba una genealogía de negociador con la intención de dar credibilidad, a través de sus lazos de sangre y alianzas, a su propia competencia en la disciplina. A pesar de que fue imposible aclarar los detalles de su biografía, sus incoherencias saltaban ya a la vista de sus contemporáneos. En un largo informe acusador, el primer cónsul español en Argel resumía, en 1788, los rumores que circulaban sobre él. Expilly no poseía el título de conde, no había sido nunca teniente coronel en Alemania y no era el sobrino del duque de Crillon, contrariamente a lo que pretendía al llegar a Argel. Esta versión ganó cada vez más crédito. En 1798, una nota del embajador de la Corte de Viena, el conde de Kageneck, no hizo más que confirmar lo que en Madrid ya se sospechaba desde hacía años: que Expilly no era el aristócrata que pretendía ser54.

  • 55 Conrotte, 1909, p. 162.

35Sólo en el contexto extraordinario de una difícil negociación, que requería conocimientos específicos no disponibles en Madrid, había podido el impostor ganarse la confianza de Floridablanca. Expilly no mostró al secretario de Estado más que una carta en italiano con un sello turco con la cual, según él, el pachá de Trípoli se dirigía a su padre. Este documento turco le ayudó a convencer a Floridablanca de sus conocimientos sobre el Magreb55.

  • 56 Resumen de las deudas del conde de Expilly, Madrid, 27-vii-1790, firmado por el conde de Expilly (A (...)

36Expilly se hizo presentar al primer secretario de Estado como un caballero originario del Delfinado, donde decía disponer de suficientes propiedades para vivir noblemente. En realidad, no había vivido jamás de sus rentas, sino del crédito de banqueros y proveedores a los que engañaba, así como de los favores reales que le procuraba su influyente protector, el conde de Floridablanca. Las deudas que reconocía testimonian el dispendioso tren de vida que llevaba en la Corte. En 1790, éstas se elevaban a la nada despreciable suma de 475.585 reales56.

  • 57 Confesión del conde de Floridablanca, en la copia de un papel que se le cayó de la manga al padre c (...)
  • 58 Nota marginal de la mano de Floridablanca sobre un informe presentado por José Anduaga en septiembr (...)
  • 59 Floridablanca a Expilly, San Lorenzo, 30-xi-1790; Floridablanca a López de Lerena, San Lorenzo, 30-(...)
  • 60 [¿Aranda?] a Diego de Gardoqui, San Ildefonso, 11-ix-1792 (AHN, Sección Estado, leg. 3603).

37Los rumores acerca de Expilly alimentaron la oposición del «partido aragonés» contra el primer secretario de Estado57. En el mismo seno de la Secretaría de Estado, el encargado de los asuntos de Argel, José Anduaga, insistía ante su superior para que se tomaran medidas contra el supuesto conde, quien había desviado en beneficio propio parte de los fondos destinados a regalos. Para cuando Floridablanca descubrió que había sido engañado, el daño ya estaba hecho, y por ello, en vez de castigar al culpable, siguió protegiéndolo. Evitó que las investigaciones de Anduaga acabasen derivando en una acusación; de la misma forma, el Tribunal Mayor de Cuentas se tropezó con su política de obstrucción. Respondiendo a Anduaga, Floridablanca exponía que hacía falta «salir de ello por decoro sin meter ruido». Pese a la abundancia de indicios reunidos en contra de Expilly, en 1790 se echó tierra sobre las protestas de los acreedores del «conde» procurándosele un salario de 60.000 reales al año por el tiempo de su misión en Argel y una ayuda de costa de 30.000 reales al año, en espera de que obtuviese un nuevo empleo dotado de un salario equivalente o superior58. El Tesoro Real avanzó el dinero que Expilly necesitaba para hacer honor al acuerdo que acababa de concluir con sus acreedores y reembolsar parte de sus deudas. De su ayuda de costa, no llegó a recibir más de 8.000 reales al año, mientras que la cantidad restante sirvió para reembolsar los avances del Tesoro Real y cubrir las deudas contraídas con particulares59. Seis meses después de la caída de Floridablanca, su sucesor, el conde de Aranda, obtuvo del rey la decisión de retener la totalidad de la suma en beneficio de los acreedores: tanto el Tesoro Real como los particulares60.

  • 61 Lo expuesto sobre los cónsules españoles está basado sobre la documentación de Ozanam, 1998, pp. 10 (...)

38Al margen de la anécdota, los avatares de las negociaciones con Argel revelan las carencias estructurales de la diplomacia mediterránea española: por una parte, la falta de experiencia y de savoir-faire, y por otra, la promoción de negociadores según la lógica del patronazgo que, contrariamente a las tendencias observables en los consulados y dragomanados franceses en el Mediterráneo, no estaba sometida a las exigencias de una creciente profesionalización. Incluso a nivel legislativo, no existía la carrera de cónsules para el Levante y el Magreb tal y como la definían las ordenanzas francesas de la Marina. En su prosopografía del personal diplomático y consular español, Didier Ozanam señala el carácter tardío y limitado de la jerarquización de los puestos consulares. La preocupación por organizar un cursus consular, que se manifiesta hacia 1790, repercutió en la práctica sólo de manera limitada. Desde principios del siglo xviii hasta 1808, el 84% de los cónsules españoles en países cristianos y musulmanes no ocupaban más de un puesto en toda su vida. Para la mayoría, el nombramiento por el rey constituía una distinción en la sociedad donde estaban asentados; la protección y la jurisdicción sobre los nacionales, los privilegios personales y las exenciones fiscales que implicaba el cargo les procuraban honor y beneficios materiales. En cuanto al 16% de los cónsules que obtuvieron más de un destino, las promociones no seguían siempre la lógica de una carrera profesional. De la misma manera, apenas el 11% de los cónsules —ninguno antes de 1767— fueron promovidos a otros puestos al servicio de la Monarquía. ¿Cuál era su sueldo? Al principio, se consideraba que los cónsules vivían del beneficio de los derechos del consulado. A lo largo del siglo, el número de puestos dotados de una paga aumentó y, a partir del ministerio de Floridablanca, el sueldo se generalizó. Sin embargo, el sueldo no obligaba al beneficiario a consagrarse exclusivamente a su empleo; la paga estaba destinada a compensar la escasez de los ingresos provenientes de los derechos percibidos sobre un comercio muchas veces exiguo. Contrariamente al Consulado francés de Levante y del Magreb, los españoles podían lanzarse a participar en operaciones comerciales sin ningún riesgo de sanciones. En estas condiciones, el hecho de percibir un salario no equivalía a la burocratización de la función consular61.

39En cuanto al pequeño número de cónsules que ocuparon a lo largo de su vida más de un puesto, Didier Ozanam subraya la ausencia de alternancia entre los consulados de Levante y del Magreb, con Europa y los Estados Unidos. ¿A qué se debe esta compartimentación de los consulados establecidos en los países musulmanes? Ésta no responde a una especialización propiamente profesional, sino a la patrimonialización de parte de esos consulados en manos de familias de negociantes localmente implantadas, sobre todo los González Salmón en Marruecos y los Soler en Trípoli y Túnez. El caso del Consulado de Argel confirma esta interpretación. Los titulares de este Consulado, con fama de difícil y poco rentable debido al reducido volumen de la navegación y del comercio, formaban parte del grupo poco numeroso de cónsules que, al cabo de algunos años, pasaban a consulados en países cristianos o a puestos en la Administración real de la Península o de América. Ahora bien, ellos llegaban sin experiencia previa al Magreb o a Levante y partían para destinos que no les permitían aprovechar su experiencia magrebí. Por esta ausencia de especialización, la estancia en Argel se integraba dentro de un cursus de honores, no de una carrera profesional.

40No obstante, la extensión de la red diplomática y consular española fuera de los límites de la Europa cristiana marca una transformación cultural profunda: un proceso tardío de secularización que no afecta solamente a la diplomacia. Por las controversias públicas que suscitaron, las expediciones militares a Argel, a las que siguieron las negociaciones con la Regencia, contribuyeron a la formación de una esfera política desligada de los imperativos religiosos. El plenipotenciario de Constantinopla y los cónsules del Magreb representaban un nuevo tipo de intermediarios seculares encargados de favorecer los intereses políticos y comerciales de España. Éstos hicieron la competencia a los religiosos especializados en la redención de cautivos, que habían velado por la salud espiritual de los súbditos de los Reyes Católicos. Los cónsules pretendían defender la Ley soberana del Estado, no solamente frente a los mercaderes y marinos españoles, sino también frente a los religiosos.

  • 62 Suchita a Floridablanca, Túnez, 18-ii-1792 [tres cartas] (AHN, Sección Estado, leg. 4802).

41La coexistencia de cristianos y musulmanes en el Magreb fracturó la coherencia del discurso anti-musulmán. En 1792, para celebrar el fracaso «por especial providencia divina» de un atentado contra la vida de öammëda, bey de Túnez,
la nación española aventajó, según su cónsul, al resto de las naciones europeas «en la expresión de la alegría pública y del público reconocimiento al ente supremo». La práctica de acciones de gracia, limosnas y obras de caridad trascendían las diferencias de religión: distribución de pan y carne tanto a los pobres como a los cautivos cristianos; limosnas abundantes a los prisioneros; misa cantada con Te Deum en el hospital de los Trinitarios y redención de un cautivo cristiano. Con ocasión de «la preservación quasi milagrosa» de la vida de un príncipe musulmán, el acontecimiento reunió a las naciones europeas de confesión católica y protestante, los griegos ortodoxos y los judíos que vivían bajo su protección62.

42No es menos cierto que la diplomacia española se emancipó de la teología y del derecho canónico de manera tardía. La alineación con el resto de potencias cristianas de Europa suscitó reservas muy reveladoras de los límites de la autonomía de lo político en la España de los años 1780.

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Bibliographie

Abreviaturas
AGS: Archivo General de Simancas, Valladolid.
AHN: Archivo Histórico Nacional, Madrid.
AMAE-F: Archives du Ministère des Affaires Étrangères, París. — CP: Correspondance Politique.
ANF: Archives Nationales de France, París. — AE: Affaires Étrangères.
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Notes

1 Barth, 1981, pp. 198-199. Véase Vermeulen y Govers (eds.), 1994.

2 Véase las observaciones críticas de Amselle, 1999, en particular, pp. 15-44.

3 Windler, 2002.

4 Niethammer, 2000, denuncia con razón los usos políticos actuales del concepto «identidad colectiva» y sus siniestros orígenes en los años 1930-1940. Sin embargo, esta crítica no parece justificar el rechazo categórico a los aportes «constructivistas» dirigidos explícitamente en contra de estas concepciones esencialistas.

5 Poutignat y Streiff-Fenart, 1995, p. 192 (con esta definición, los autores se refieren al concepto de «etnicidad»).

6 Sobre la política marroquí de Carlos III, véase Rodríguez Casado, 1946, y Pradells Nadal, 1992, pp. 513-524 sobre las negociaciones y el personal consular.

7 Véase Conrotte, 1909 y Voltes Bou, 1960.

8 Véase Lepore, 1943, sobre las negociaciones hispano-otomanas anteriores al ministerio de Floridablanca.

9 Sobre la idea de Cruzada en la Edad Moderna, véase sobre todo Dupront, 1997 y Housley, 1992, pp. 376-456.

10 Mattingly, 1955, p. 301.

11 Dupront, 1997, vol. 1, pp. 516-517. Sobre la aspiración imperial de los reyes de Francia, véase Yates, 1975, pp. 121-214 y Haran, 1997, 1998 y 2000.

12 Yapp, 1992, pp. 143-144.

13 «Stato della missione di Tunisi», enviado por P. Gianfrancesco da Bologna, ex misionero capuchino, a los cardenales de la Congregación de Propaganda Fide, 1776 (APF, SC, Barbaria, vol.8, ff.os55 v-56 r).

14 Vergennes a d’Ossun, Versalles, 29-vi-1776 (AMAE-F, CP, Espagne, vol. 580, f.o462 r).

15 Vergennes a d’Ossun, Versalles, 28-vii-1775 (AMAE-F, CP, Espagne, vol. 576, f.o341 r).

16 Sartine a Langoisseur de la Vallée, Versalles, 4-xii-1775 (ANF, AE, B1 20, f.o769 r-v). Véase también Sartine a Guignard de Saint-Priest, Versalles, 4-xii-1775 (ibid., ff.os773 r-774 r).

17 Sartine a Langoisseur de la Vallée, Versalles, 4-xii-1775; circular de Sartine a los consules de Levante, Versalles, 4-xii-1775; Sartine a Guignard de Saint-Priest, Versalles, 4-xii-1775 (ibid., ff.os770 r-775 r).

18 Véase Parès, 1931, pp. 14-23.

19 Véase Sartine a Guignard de Saint-Priest, Versalles, 15-vii-1776 (ANF, AE, B1 21, f.o390 r/v).

20 Véase p. 222 de este artículo.

21 Citado por Rodríguez Casado, 1946, p. v.

22 Sartine a Vergennes, Marly, 17-vi-1776 (ANF, AE, B1 21, f.o324 v).

23 Amé de Saint-Didier a Vallière, Versalles, 29-xi-1776 (ANF, AE, B1 21, f.o679 r/v). Véase Mémoire sur la négociation avec la Régence d’Alger, firmado por Vallière en Versalles, 10-ii-1777 (AHN, Sección Estado, leg. 4072).

24 Floridablanca a Aranda, Aranjuez, 7-iv-1777 y Madrid, 19-vii-1777, y Aranda a Floridablanca, París, 13-iv-1777 (AHN, Sección Estado, leg. 4072).

25 Sartine a Vergennes, Versalles, 27-v-1776 (ANF, AE, B1 21, f.o260 r). Véase Amé de Saint-Didier a Vallière, Versalles, 29-xi-1776 (ANF, AE, B1 21, f.o678ter r).

26 Véase Thomson, 1994, pp. 70-73.

27 En 1804, el consul francés en Túnez, Devoize, consideró legal la captura de efectos de pasajeros europeos neutros sobre un barco británico. Cuando el vicecónsul británico quiso saber por qué había hecho restituir una carga de propiedad tunecina capturada sobre un barco maltés con pasaporte británico, éste contestó que los tratados con el Magreb diferían de los que los franceses tenían con las naciones europeas (Clark a Yorke, Túnez, 20-vi-1804; PRO, FO, 77/5, f.o158 v).

28 Principales circonstances de ce qui a été fait et observé pour la réception de Said Mehemet Pacha, ambassadeur extraordinaire du Grand Seigneur Mahmout vers le feu Roi Louis XV, pendant les années 1741 et 1742, pieza adjunta a la carta de Aranda a Floridablanca, París, 26-iv-1787 (AHN, Sección Estado, leg. 4788).

29 Véase Ago, 1980, en particular pp. 55-57.

30 Bourgoing a Vergennes, Madrid, 5-iv-1784 (AMAE-F, CP, Espagne, vol. 612, ff.os296 v-297 r). Véase también Bourgoing a Vergennes, Madrid, 9-v-1785 (ibid., vol. 617, ff.os30 v-31 r).

31 Véase Encyclopédie de l’Islam, t. iii, 1971, voz «Imtiyâzât» y t. i, 1960, voz «Amân» respectivamente.

32 Véase las versiones francesas de los tratados franco-tunecinos de 25-xii-1665, 30-viii-1685 y 4-ix-1685, en Plantet (ed.), 1893-1899, vol. 1, pp. 182-190, 268-273, 349-357 y 366-369.

33 Ozanam, 1998.

34 Pradells Nadal, 1992, pp. 511-565.

35 Sobre las negociaciones con Argel, véase Conrotte, 1909, pp. 117-184; Pradells Nadal, 1992, pp. 526-532 y Sabater Galindo, 1984.

36 Con motivo de una misión de un enviado de Argel a Madrid, éste fue alojado en el Convento de la Trinidad. Véase consulta del Consejo de Estado, Madrid, 2-iv-1701 (AHN, Sección Estado, leg. 2866).

37 La correspondencia de fray Conde con el secretario de Estado de Marina y el primer secretario de Estado (1777-1785) está conservada en AHN, Sección Estado, leg. 3586.

38 Kruse, 1979, pp. 116-123 y Khadduri, 1955, pp. 144-145.

39 Véase Hitzel, 1994, p. 71 y Petritsch, 1993.

40 Véase Windler, 2002, pp. 485-548.

41 Mazarredo a Floridablanca, Argel, 18-vi-1785 (dos cartas) y Alicante, 29-vi-1785; nota de varios artículos pedidos por el dey al Señor Plenipotenciario (AHN, Sección Estado, leg. 3612).

42 Floridablanca a Mazarredo, Madrid, 19-vii-1785 (AHN, Sección Estado, leg. 3612). Carta editada en Conrotte, 1909, p. 358.

43 Consultas del Consejo de Castilla y del Consejo de Guerra, Madrid, 28-vi-1785 y consulta de los fiscales, Madrid, 2-vii-1785 (AHN, Sección Estado, leg. 3612).

44 Véase Windler, 2002, pp. 413-418.

45 Expilly a Floridablanca, Argel, 28-x-1785 (AHN, Sección Estado, leg. 3588).

46 De las Heras a Floridablanca, Argel, 28-iv-1787 (AHN, Sección Estado, leg. 3617).

47 La Vauguyon a Vergennes, Madrid, 17-vii-1786 (AMAE-F, CP, Espagne, vol. 620, ff.os360 r-361 v).

48 Floridablanca a de las Heras, Aranjuez, 18-v-1789 (AHN, Sección Estado, leg. 3617).

49 Estado de los gastos ocasionados con motivo de las paces ajustadas con las Cortes de Constantinopla, Marruecos y las regencias berberiscas, desde el 21 de octubre de 1781 hasta el 25 de marzo de 1790 (AGS, Secretaría y Superintendencia de Hacienda, leg. 906).

50 Fernán-Núñez, 1898, vol. 2, p. 13.

51 De las Heras a Floridablanca, Madrid, 30-i-1788 (AHN, Sección Estado, leg. 3617).

52 Sobre Pierre Expilly, véase la nota biográfica en Mézin, 1997, pp. 278-279.

53 Los autores que se han interesado por el personaje no han conseguido establecer correctamente su biografía. Conrotte, 1909, pp. 160-162, es quien da las informaciones más abundantes, y Pradells Nadal, 1992, p. 526 no aportaningún elemento adicional.

54 De las Heras a Floridablanca, Madrid, 30-i-1788 (AHN, Sección Estado, leg. 3617 y leg.3588).

55 Conrotte, 1909, p. 162.

56 Resumen de las deudas del conde de Expilly, Madrid, 27-vii-1790, firmado por el conde de Expilly (AHN, Sección Estado, leg. 3595).

57 Confesión del conde de Floridablanca, en la copia de un papel que se le cayó de la manga al padre comisario general de los franciscanos, vulgo «Observantes», en Egido (ed.), 1973, pp. 306-307. Esta sátira anónima fue puesta en relación con Aranda (ibid., pp. 357-358).

58 Nota marginal de la mano de Floridablanca sobre un informe presentado por José Anduaga en septiembre de 1790 (AHN, Sección Estado, leg. 3603).

59 Floridablanca a Expilly, San Lorenzo, 30-xi-1790; Floridablanca a López de Lerena, San Lorenzo, 30-xi-1790 (AHN, Sección Estado, leg. 3603).

60 [¿Aranda?] a Diego de Gardoqui, San Ildefonso, 11-ix-1792 (AHN, Sección Estado, leg. 3603).

61 Lo expuesto sobre los cónsules españoles está basado sobre la documentación de Ozanam, 1998, pp. 107-122. Aunque insista en los límites prácticos del proceso, Didier Ozanam analiza las instituciones consulares españolas del siglo xviii según el modelo de la burocratización.

62 Suchita a Floridablanca, Túnez, 18-ii-1792 [tres cartas] (AHN, Sección Estado, leg. 4802).

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Pour citer cet article

Référence papier

Christian Windler, « La diplomacia y el «Otro» musulmán »Mélanges de la Casa de Velázquez, 35-1 | 2005, 217-234.

Référence électronique

Christian Windler, « La diplomacia y el «Otro» musulmán »Mélanges de la Casa de Velázquez [En ligne], 35-1 | 2005, mis en ligne le 04 juin 2010, consulté le 19 mars 2024. URL : http://journals.openedition.org/mcv/1506 ; DOI : https://doi.org/10.4000/mcv.1506

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Auteur

Christian Windler

Universidad de Berna

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Traducteur

Igor Pérez

Instituto Universitario Europeo, Florencia

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Droits d’auteur

CC-BY-NC-ND-4.0

Le texte seul est utilisable sous licence CC BY-NC-ND 4.0. Les autres éléments (illustrations, fichiers annexes importés) sont « Tous droits réservés », sauf mention contraire.

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