Notes
Floridablanca, Obras originales, 1867, p. xxxviii.
Poseemos muy pocas referencias documentales acerca de cómo se desarrollaba la vida de estos manteístas en Murcia, y sobre cuál pudo ser su impacto en la vida cotidiana de la ciudad. Más allá de Murcia, con carácter general sobre estas cuestiones pueden consultarse, entre otros: Torremocha Hernández, 1989 a, 1989 b, 1991 y 2001 y Rodríguez-San Pedro Bezares, 2001. Especialmente relacionado con esta algarada véase Mas Galvañ, 2003, pp. 141-182.
Viñao Frago, 1986, pp. 30-33.
Sobre el Seminario en el siglo xviii y principios del xix, véase Mas Galvañ, 1988, 2003 y 2004, y Viñao Frago, 1986, 1990.
«Expediente formado a conseqüencia de la noticia que se dio en el Consejo de la sublevación ocurrida entre los manteístas del Colegio Seminario de San Fulgencio al tiempo de publicarse las Constituciones formadas por el Rvdo. Obispo, 1804» (AHN, Consejos, leg. 5.496, exp. 14). Consta de un total de 19 folios, con letra de amanuense pero firma autógrafa, más una breve nota enteramente autógrafa.
Entre 1780 y 1784; 1788 y 1790, y por tercera y última vez, el obispo López Gonzalo lo nombró rector en 1798. «Expediente de visita…» (informes del 27 de julio y 10 de agosto de 1815, AHN Consejos, leg. 5.496, exp. 14).
En adelante, dada la naturaleza local de los acontecimientos y en aras de la agilidad expositiva, se aludirá a él sólo con el tratamiento de corregidor.
Antonio José Montenegro y Márquez de la Plata (1732-1805). Sevillano, fue nombrado Intendente de la provincia de Murcia con el corregimiento (17 de diciembre de 1800) y admitida su jubilación, con los honores de Intendente del Ejército, el 11 de octubre de 1804. Véase Abbad y Ozanam, 1992, pp. 133-134.
«Expediente […] de la sublevación ocurrida entre los mateístas», Informe reservado del conde de Floridablanca al Consejo de Castilla, Murcia, 3-vii-1805, f.o 2 (AHN, Consejos, leg. 5.496, exp. 14). En lo sucesivo, citaremos esta fuente como Informe.
Ibid., f.o 2v.
«Expediente […] de la sublevación ocurrida entre los manteístas», Ramón Rubín Noriega al Consejo, Murcia, 24-i-1804 (AHN, Consejos, leg. 5.496, exp. 14).
«Expediente […] de la sublevación ocurrida entre los manteístas», Informe del obispo López Gonzalo al Consejo, Murcia, 7-vi-1804 (AHN, Consejos, leg. 5.496, exp. 14).
Ibid.
«Expediente […] de la sublevación ocurrida entre los manteístas», Antonio Montenegro al conde de Montarco, Murcia, 24-i-1804 (AHN, Consejos, leg. 5.496, exp. 14).
Ibid.
Informe, f.o 3.
Ibid., f.o 3v.
Ibid.
Prebendado e Inquisidor ordinario más adelante, cesaría en el cargo de rector en noviembre de 1805. Volvió a ser nombrado para este cargo el 8 de enero de 1807, y en 1815 continuaba desempañando el rectorado («Expediente de visita […]», informes del 27 de julio y 10 de agosto de 1815, AHN, Consejos, leg. 5.496, exp. 14).
«Expediente […] de la sublevación ocurrida entre los manteístas», copia del auto instruido por Montenegro en Murcia, 19-i-1804 (AHN, Consejos, leg. 5.496, exp. 14).
Ibid. Ramón Rubín Noriega al Consejo. Murcia, 24-i-1804.
Ibid. Comparecencia del aguacil Atienza en los autos instruidos por el corregidor. Murcia, 20-i-1804.
Ibid. Ramón Rubín Noriega al Consejo. Murcia, 24-i-1804.
Ibid., Informe, f.o 5.
Ibid., ff.os 5-5v.
Ibid., f.o 5v.
Ibid., f.o 6.
Mas Galvañ, 2003, pp. 152-169.
«Expediente […] de la sublevación ocurrida entre los manteístas». El fiscal del Consejo, 28-vii-1804 (AHN, Consejos, leg. 5.496, exp. 14).
Ibid.
Ibid., Rubín al Consejo. Murcia, 4-i-1805.
Ingresó como colegial en 1736 (con toda probabilidad, en la escuela tomista), y tras obtener el bachillerato en Leyes en la Universidad de Orihuela, fue el primero de los catedráticos de Derecho Civil del Seminario, durante el período 1745-1748. Véase Hernández Franco, 1984, pp. 36 y 45-46. Al margen de la bibliografía que refiere estas noticias, poseemos una confirmación autógrafa del propio Moñino: «Yo soy de allí, y he tenido la primera cátedra del Seminario…» («El Rector y Seminario Conciliar de la ciudad de Murcia», nota adjunta de 29 octubre 1781), en AGS, Gracia y Justicia, leg. 971 antiguo.
Informe.
Ibid., f.o 1.
Ibid., ff.os 5v-6.
Ibid., f.o 6.
Ibid.
Ibid.
Ibid., f.o 6v.
Ibid., f.o 6v-7.
Ibid., f.o 7v.
Ibid., f.o 8.
Ibid.
Ibid., ff.os 8v-9.
Véanse los puntos XXVI, XXVII, XVIII de la mencionada Instrucción reservada. Sobre el pensamiento educativo de Moñino, véase Hernández Franco, 1984, pp. 479-494.
Informe, f.o 11.
Según dice, a «la persona que yo tengo por más práctica e instruida de las cosas del Seminario», aunque no revela su identidad. Moñino, que hace enteramente suyas las conclusiones del informante, incorpora como cita textual algunas partes de dicho informe (ibid., f.o 10).
Cita del informe privado citado (ibid.).
Moñino continúa citando el informe privado (ibid.).
Continúa el texto insertado del referido informe (ibid.).
Este texto también pertenece al informe privado (ibid., f.o 9v). No obstante, Moñino indica que el asunto de los sacramentos le constaba «por experiencia propia»: entre los despedidos por las inquietudes pasadas había un porcionista «cuya pensión pagava yo por consideración a sus padres distinguidos y pobres. Se me tubo la atención de comunicarme reservadamente el motivo, diciéndome para prueba de sus costumbres relajadas que en todo el año no había confesado ni comulgado, ni cumplido con el precepto pasqual ¿Quánto descuido no es preciso que haya havido en los superiores inmediatos del Colegio para tolerar tal relaxación y quántos individuos no habrá havido en el mismo caso?» (ibid., ff.os 12v-13).
Ibid., f.o 9.
Ibid., f.o 10v.
Compárese con el texto del punto XXVII de la Instrucción reservada: «Debe promoverse, así en las universidades como en los seminarios y en las órdenes regulares, el estudio de la Santa Escritura y de los padres más célebres de la Iglesia, el de sus concilios generales primitivos, en sus fuentes, y el de la sana moral. Igualmente conviene que el clero secular y regular no se abstenga de estudiar y cultivar el derecho público y de gentes, el que llaman político y económico, y las ciencias exactas, las matemáticas, la astronomía, geometría, física experimental, historia natural, botánica y otras semejantes». Veáse también Mas Galvañ, 2004.
Informe, f.o 13v.
Ibid., f.o 17. Moñino concede gran importancia a este asunto, que trata en repetidas ocasiones (ibid., ff.os 3-11).
Ibid., f.o 17v.
Ibid., f.o 11.
Ibid. Los «estados» del Seminario durante esos años muestran que Moñino no andaba del todo mal informado: la media de ingresos para el período 1802-1807 fue de 35.076 ducados. Sin embargo, el de 1804 había sido uno de los ejercicios más flojos del período, puesto que los ingresos se redujeron a 28.687 ducados, habiéndose ingresado más de 50.000 ducados en 1802 y unos 41.000 durante 1803. La preocupación económica tenía, por tanto, suficientes razones en las que justificarse («Diligencia de visita…», Estado del Colegio de 23-viii-1815, AHN, Consejos, leg. 5.496, exp. 14).
No obstante, Floridablanca pensaba que incluso así el de San Fulgencio seguiría siendo uno de los establecimientos de su género más baratos entre los existentes en España (Informe, f.o 11v).
Ibid., f.o 11.
Ibid., ff.os 11-11v. Sin embargo, no se produjo ninguna reducción notable del número de colegiales internos antes de la crisis bélica de 1808, pues sus cifras siempre se mantuvieron incluso por encima de lo dispuesto en las nuevas Constituciones (Mas Galvañ, 2003, p. 191).
Informe, ff.os 18-18v.
Informe, f.o 13.
Ibid., f.o 13v.
Ibid., f.o 14.
Ibid., f.o 11v.
Ibid.
Ibid., f.o 14v. Se refiere a las Instituciones oratorias del célebre español M. Fabio Quintiliano, traducidas y anotadas según la edición de Rollin…, de Ignacio Rodríguez, Imprenta de la Administración del Real Arbitrio de la Beneficencia, Madrid, 1799, 2 vols.
Informe, ff.os 14v-15.
Ibid., f.o 15.
Ibid., ff.os 18v-19.
Mas Galvañ, 2003, p. 191.
Pese a los disgustos que todo el asunto pudo suponerle, D. Antonio fue jubilado —como se dijo— con los honores de intendente de Ejército.
Fueron quitados inmediatamente después de la revuelta.
Salvo la cuestión menor y accidental del señalamiento de años para la pretensión de los eclesiásticos catedráticos del Seminario.
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